Hacer grafitis que dañen un bien del patrimonio histórico-artístico es delito. Así lo ha establecido el Tribunal Supremo en una sentencia en la que condena a cinco meses de prisión a un hombre que hizo dos pintadas sobre la obra de Eduardo Chillida Lugar de Encuentros II, situada en la plaza del Rey de Madrid. Para tomar su decisión, que corrige una anterior de la Audiencia Provincial de Madrid que absolvió al autor de los grafitis, la Sala de lo Penal tiene en cuenta que para eliminar las pintadas hizo falta un proceso de restauración que fue mucho más allá de la simple limpieza con agua, lo que sirve al tribunal para marcar la línea de cuándo una pintada sobre un monumento puede ser calificada como delito.
El Supremo considera delito un grafiti sobre una escultura de Chillida por la envergadura de los daños
El País, 31 March 2022 , Spain
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